La distribución de las multas es la siguiente:
- Ryanair: 107,77 millones de euros
- Vueling: 39,26 millones de euros
- Easyjet: 29,09 millones de euros
- Norwegian: 1,61 millones de euros
- Volotea: 1,18 millones de euros
Estas sanciones derivan de una investigación iniciada en 2023 por la Dirección General de Consumo, que identificó como "muy graves" diversas prácticas de las compañías, según el artículo 47 de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007).
Prácticas sancionadas
Las aerolíneas cobraban suplementos por el transporte de equipaje de mano en cabina y exigían un sobrecoste adicional para la reserva de asientos contiguos destinados a menores o personas dependientes y sus acompañantes. Además, no permitían el pago en efectivo en aeropuertos españoles, imponían tasas desproporcionadas por imprimir tarjetas de embarque y omitían información clara sobre precios en plataformas online, lo que dificultaba la comparación de ofertas. En el caso específico de Ryanair, también se detectó un cobro excesivo por imprimir billetes en el aeropuerto.
Fundamento de las sanciones
El cálculo de las multas se ha basado en el beneficio ilícito obtenido por las aerolíneas a través de estas prácticas. Según el régimen sancionador, para infracciones calificadas como muy graves, las multas pueden oscilar entre seis y ocho veces el beneficio obtenido.
Prohibiciones y próximos pasos
Además de las multas, se ha ordenado la prohibición expresa de continuar con estas prácticas. Esta decisión pone fin a la vía administrativa, aunque las compañías tienen dos meses para interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. Si no lo hacen, la resolución será definitiva y ejecutable.
Esta acción marca un precedente en la defensa de los derechos de los consumidores en el sector aéreo y refuerza el compromiso del Ministerio con el cumplimiento de la normativa.
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