Brasil simplifica el ingreso de aerolíneas extranjeras en el país: la Ley del Vuelo Simple

Terminal 3 do Aeroporto Internacional de São Paulo-Guarulhos, Brasil. Autor: Portal da Copa/Governo Brasileiro
Terminal 3 do Aeroporto Internacional de São Paulo-Guarulhos, Brasil. Autor: Portal da Copa/Governo Brasileiro
Los procesos para la autorización de aerolíneas extranjeras interesadas en operar servicios aéreos internacionales regulares en Brasil se han simplificado con la ley del 14 de junio de 2022, conocida coloquialmente como la Ley del Vuelo Simple.
 

A partir de ahora, ya no se requiere autorización gubernamental previa (permisos de operación) para las empresas interesadas en operar servicios de vuelos internacionales regulares en el país.

La obtención de la autorización de funcionamiento, otorgada por decisión del Consejo Colegiado de la Agencia Nacional de Aviação Civil (ANAC), es el trámite que necesitan las empresas para operar y puede demorar entre 20 y 30 días desde la presentación de la documentación completa y sin que existan asuntos pendientes. Como paso previo, la empresa debe presentar su solicitud de inscripción en el registro mercantil del estado donde esté instalada, y solo entonces, podrá solicitar autorización de funcionamiento a la ANAC.

Ley del Vuelo Simple

La Ley del Vuelo Simple supone la revocación del dispositivo que requería la autorización para operar en el Código Aeronáutico brasileño, la empresa pasa a registrar informaciones como representante legal, capital y estatutos, previamente registrados en la autorización para operar en el país, directamente en la junta comercial, según al reglamento del Departamento de Registro e Integración de Empresas (DREI), del Ministerio de Economía.

La acción de la dependencia ahora se restringe a la autorización operativa. No obstante, la empresa solicitante puede presentar la documentación técnica a la Agencia simultáneamente con el proceso de registro de la junta comercial. Con esta medida, se reducirá significativamente el tiempo de trámite de la autorización de funcionamiento, ya que las áreas técnicas de la ANAC podrán realizar los análisis necesarios y señalar eventuales requerimientos a subsanar, sin demorar el trámite en la junta comercial y en otros órganos a los que deba someterse el proceso.

Próximamente, se publicará un resumen de las normas que orientan a las empresas sobre los nuevos procedimientos. Se puede consultar ya más información sobre el proceso de entrada de empresas extranjeras en Brasil en la página de servicios públicos aéreos, disponible en el portal de la agencia.

(Javier Bonilla, corresponsal del Grupo Edefa en Río de Janeiro)

 

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