Más restricciones operacionales para el Aeropuerto Santos Dumont de Río de Janeiro

A partir de enero de 2024, el Aeropuerto Santos Dumont de Río de Janeiro tendrá limitaciones en su operativa, relegando vuelos directos a importantes ciudades como Brasilia y Belo Horizonte. La nueva ordenanza fue firmada en la tarde del pasado jueves  por el ministro de Puertos y Aeropuertos de Brasil, Márcio França.

Junto al presidente Luíz Inácio Lula da Silva y el alcalde de Río de Janeiro, Eduardo Paes, el polémico documento, expresado a través de una resolución del Consejo de Aviación Civil (CONAC), tiene como objetivo retomar un mayor flujo de vuelos en otra terminal, el Aeropuerto Internacional de Galeão.

El Galeão se ha quedado corto en la cantidad de vuelos domésticos que recibe en comparación con Santos Dumont, que está mejor ubicado urbanísticamente, aunque limitado debido al tamaño de la pista del aeropuerto, menos de 1.400 metros de largo. La nueva ordenanza determina que solo se operen vuelos dentro de una distancia máxima de 400 km, eliminando así los vuelos a Brasilia y Belo Horizonte a través del Aeropuerto Internacional de Cofins.

La nueva medida tuvo su propuesta cambiada luego del discurso del alcalde Eduardo Paes en junio, quien afirmó que la terminal de Río de Janeiro solo tendría vuelos a Congonhas y Brasilia.

Ahora, Santos Dumont debe operar vuelos sólo para el aeropuerto doméstico paulista de Congonhas, el regional de Belo Horizonte Pampulha y Vitória en Espirito Santo, algo que complació a las autoridades de Río de Janeiro, excluyendo también los vuelos al terminal internacional de Guarulhos, en São Paulo. Inicialmente, la idea sería limitar el flujo de pasajeros en la terminal hasta 10 millones, pero se consideró un volumen grande para Santos Dumont y sin la cantidad adecuada para transferir vuelos a Galeão.

Las empresas GOL y LATAM ya acordaron cambios de itinerarios. Asimismo, el Gobierno Federal ha estudiado varias medidas para que los dos aeropuertos de Río de Janeiro estén juntos en un bloque adjudicado en caso de concesión, sin que uno perjudique al otro en términos de ofertas y disponibilidad. (Javier Bonilla)


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